DECLARACION SUSTITUTIVA A LA ESTIMADA DE ISLR


En el caso, de un contribuyente obligado a realizar una la declaración estimada de ISLR. Es decir, que dentro del año inmediatamente anterior al ejercicio en curso, hayan obtenido enriquecimientos netos superior a 1.500 U.T., a los fines de la determinación y  pago de anticipo de impuestos; entones, declaró y pagó la primera porción  y de manera sobre-venida ha disminuido sus ingresos razón por la cual la administración –de la empresa– estima que disminuirá el enriquecimiento en el actual ejercicio económico, lo cual implicaría que el impuesto sobre la renta pagado de manera anticipada será mayor al ISLR que determine la declaración definitiva. Interrogantes:

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